YA SE PUEDE INSTALAR PROPAGANDA ELECTORAL EN ESPACIOS PÚBLICOS Y PRIVADOS.

Se trata del segundo periodo de campaña, el cual se desarrolla desde esa fecha hasta tres días antes de la elección, es decir hasta el 20 de octubre.

La nueva Ley de Financiamiento Electoral que fue promulgada en el mes de abril fiscalizará por primera vez las elecciones municipales 2016, esta nueva normativa decidió extender el periodo oficial de campaña, el cual comenzó dos meses antes de los comicios, es decir el 24 de agosto.

Desde esa fecha las radioemisoras pueden emitir todos los días seis spots con información de las elecciones, y los candidatos también están autorizados para emitir spots a través de la radio y prensa escrita, contratar brigadistas o activistas y hacer campaña con elementos no fijos que identifiquen la candidatura (banderas,  lienzos y volantes).

Además, desde el 23 de septiembre, los alcaldes que van a la reelección deberán renunciar a su cargo. En este periodo recién se pueden instalar los letreros y palomas en lugares públicos y privados autorizados por el Servicio Electoral (Servel), no pueden ser instalados en toda la vía pública como se hacía antes.

Así se manifestó desde el Servicio Electoral Región de O´higgins, “los espacios públicos, para los efectos de esta ley, son las plazas, parques y lugares públicos que así se han definido por la ordenanza general de la Ley de Urbanismo y Construcción, y los lugares privados son las propiedades que obedecen a la titularidad en el dominio de una persona sea porque es dueña, ocupante o poseedor local”, señaló.

Se podrán instalar carteles que no superen un máximo de dos metros cuadrados en lugares públicos y seis metros cuadrados en recintos privados. Los lugares ya están definidos por el Servicio Electoral y se pueden revisar a través de su página web, www.servel.cl.

En el caso de infringir la ley, los candidatos serán castigados pagando los costos de retiro, que será descontado de la devolución de gastos. Adicional a ello, deberán pagar una multa equivalente al doble del valor de cada objeto retirado.

La propaganda electoral desplegada en espacio público no permitida, podrá ser retirada por el alcalde de oficio por solicitud de cualquier ciudadano o por requerimiento del Servel y Carabineros de Chile. En el caso de los lugares privados puede ser retirada por los alcaldes, también por requerimiento del Servel.

PROHIBICIONES. Para las elecciones municipales 2016, que se desarrollarán el 23 de octubre está prohibida la instalación de gigantografías, la propaganda mediante aviones o cualquier otro elemento de desplazamiento aéreo, no se pueden utilizar buses, paraderos o postes del alumbrado público para instalar propaganda electoral.

No se permitirá la propaganda electoral mediante el rayado o pintado de muros.

DENUNCIAS CIUDADANAS. Otro de los cambios que ha generado esta nueva normativa es que los ciudadanos podrán actuar como fiscalizadores y denunciar alguna irregularidad, ya sea en la propaganda electoral o en el gasto y financiamiento de campañas.

Estas denuncias se pueden realizar en la página web que habilitó el servel (www.denuncias.servel.cl).

En ese sentido, se indico que  las infracciones, como todo orden de cosas son un tema delicado, ya que no es llegar y denunciar.

“Se tienen que cumplir ciertas formalidades, por supuesto el denunciante identificarse debidamente, presentar los documentos, fotografías, videos, testigos, etc, todo lo que sea un elemento de prueba, este puede adjudicarse a los antecedentes y por su puesto a la persona denunciada también le daremos la oportunidad de una debida defensa. Las denuncias pueden ser presentadas en carabineros, en los juzgados de la policía local y serán tramitadas  por el Servicio Electoral y nosotros vamos a aplicar las infracciones del caso”,

Sobre el tiempo para analizar las denuncias el representante regional del Servel sostuvo que “no hay un tiempo determinado porque algunas denuncias van a implicar más tiempo que otras”.

Lo positivo de la normativa es que estimula una mayor transparencia, control y fiscalización, dando autonomía y mayores competencias al Servicio Electoral.Situación que para el representante del Servel se ha demostrado en estos días porque ya ha existido una mayor voluntad en el cumplimiento de la ley.

“Hemos estado viendo una mejora en el comportamiento, tanto de los candidatos como de sus adeptos, en definitiva esto está logrando un buen resultado, tener una campaña electoral mucho más sobria”.

LO QUE HAY QUE SABER

  • El cambio en la normativa surgió luego de que el 2015 se dieran a conocer casos de financiamiento irregular en campañas políticas de diversos líderes en el país.
  • Está prohibida la instalación de gigantografías.
  • Propaganda mediante aviones o cualquier otro elemento de desplazamiento aéreo.
  • No se pueden utilizar buses, paraderos o postes del alumbrado público para instalar propaganda electoral.
  • No se permitirá la propaganda electoral mediante el rayado o pintado de muros.
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