SENADOR JUAN IGNACIO LATORRE (RD) JUNTO A REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA RENGO ENTREGAN CARTA AL MUNICIPIO DE RENGO CON 30 PROPUESTAS ANTICORRUPCIÓN.

La tarde de esta día lunes 26 de Agosto militantes del territorio Revolución Democrática  Rengo en compañía del senador de la república  Juan Ignacio Latorre, entregaron  en la oficina de partes del municipio de Rengo una carta dirigida al alcalde Carlos Soto González, en la cual se detallan las 30 medidas anticorrupción propuestas por Revolución Democrática (Frente Amplio) para mejorar los estándares de probidad, transparencia y buena practicas al interior de los municipios,

“Creemos que con estas 30 medidas podemos prevenir la corrupción, el informe de la comisión Engel hace algunos años dio cuenta que los municipios de chile eran muy propensos a ser corrompidos, para  caer en el clientelismo y para que los alcaldes se reelijan indefinidamente a través de maquinarias locales que construyen sin rendir cuentas de su trabajo,  estas propuestas nacen de la necesidad de elevar los estándares de transparencia en los gobiernos locales y así fortalecer la participación ciudadana y la democracia  “ señalo el senador de la república Juan Ignacio Latorre

Por su parte el coordinador del territorio de Revolución Democrática Rengo Álvaro Lizana Fuentes, señalo que:

“Como Revolución Democrática  Rengo estamos muy preocupados de que en nuestro municipio las autoridades locales estén al tanto de nuestra preocupación ante los grandes problemas de falta de probidad administrativa, nepotismo, tráfico de influencias, corrupción y poca transparencia en algunos municipios de la región y el país, es por ello que cobra sentido la entrega  de esta carta con 30 medidas anticorrupción, las cuales han sido plasmadas en 5 proyectos de ley ya presentados a la cámara baja por diputados de nuestro partido”

A CONTINUACIÓN LA CARTA ENTREGADA:

CARLOS SOTO GONZALEZ
ALCALDE DE LA I. MUNICIPALIDAD DE RENGO
De nuestra consideración:

Junto con saludar, me dirijo a Ud. para entregar las siguientes treinta medidas propuestas por Revolución Democrática, para mejorar el estándar de probidad y transparencia en los gobiernos locales, prevenir la corrupción y establecer un estándar de fiscalización mayor y mejor a las corporaciones municipales.

Resulta innegable que la percepción ciudadana sobre el quehacer público y político da cuenta de un repudio social generalizado, producto, entre otras cosas, de la proliferación en la última década, de decenas de casos de corrupción municipal, administraciones negligentes, conflictos de interés, y otras tantas situaciones que evidencian los vacíos que existe en regulación de la gestión de las municipalidades.

Los municipios ocupan un rol esencial en la relación del poder público con las personas, puesto que son los gobiernos locales y su adecuada gestión, quienes impactan de manera más próxima en las condiciones de las vidas de las personas, mediante la provisión de una gran cantidad de servicios y prestaciones a la comunidad.

En este clima de decepción y desconfianza ciudadana, desde Revolución Democrática se han presentado diversos proyectos de ley con el fin elevar los niveles de probidad a que están sujetos los órganos del Estado. En este escenario, hemos impulsado agendas de corrupción cero en el Congreso, en el Servicio de Impuestos Interior, Poder Judicial, y hoy por hoy, en las Municipalidades.

Así, la semana pasada hemos presentado cinco proyectos de ley que incorporan modificaciones legislativas para luchar contra la corrupción en los municipios. En ellos, se incorporan treinta propuestas en cinco áreas: ingreso a la gestión municipal; prevención de la corrupción y conflictos de intereses; transparencia; gestión municipal; y corporaciones municipales. Esperamos prontamente poder comenzar a tramitar estos proyectos en la Cámara de Diputados y que dichas propuestas se concreten en leyes que contribuyan a mejorar los  gobiernos locales.

Por lo anterior, y siendo una gran preocupación para nuestra comuna, los casos actualmente judicializados que ha vivido esta Municipalidad, entregamos a Ud. nuestras treinta propuestas, las cuales esperamos, se vuelvan ley en el mediano plazo.

Álvaro Lizana Fuentes
Coordinador Territorio Rengo
Revolución Democrática

TREINTA MEDIDAS PARA PREVENIR LA CORRUPCIÓN EN MUNICIPIOS

Son múltiples los factores que inciden en una buena o mala administración municipal. Sin perjuicio del buen o mal trabajo que pueda realizar una administración en concreto, actualmente existen aún muchos espacios en nuestra legislación que permiten dar espacio a conductas poco probas que impactan de forma negativa en la administración de las municipalidades. Por ello, se describen a continuación treinta propuestas para prevenir la corrupción en los gobiernos locales, en cinco áreas: ingreso a la gestión municipal; prevención de la corrupción y conflictos de interés; transparencia; gestión municipal; corporaciones municipales.

INGRESO DE LA GESTIÓN MUNICIPAL

Regula materias referidas al ingreso de los cargos políticos, es decir alcalde y concejales, a la gestión municipal. Propone las siguientes medidas

1. Limite a la reelección de alcaldes y concejales Se propone limitar la reelección de alcaldes y concejales hasta por dos periodos consecutivos máximo.

2. Obligación de presentar programa municipal. Se propone establecer la obligación de, al inscribir una candidatura a alcalde, presentar un programa en el cual se indicarán las principales acciones, iniciativas y proyectos que se pretenden realizar durante su gestión.

3. Obligación de dar cuenta del programa municipal del alcalde Se propone incorporar a las materias respecto a las cuales el alcalde debe dar cuenta anual, su programa municipal. Asimismo, se establece que al finalizar el mandato del alcalde, se establece la obligación de entregar un informe referido al cumplimiento del programa ingresado al inscribir la candidatura.

4. Prohibición de inscribir candidaturas por un nuevo período a aquellos

alcaldes con deudas previsionales Se propone que aquellos alcaldes en ejercicio que mantengan deudas de carácter previsional correspondientes a sus funcionarios o a trabajadores de los servicios traspasados en virtud de lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1-3.063, de 1979, del Ministerio del Interior, y de aquellos servicios incorporados a la gestión municipal, no puedan inscribir una nueva candidatura, a menos que se justifique la existencia de convenios de pago actualmente vigentes y cuyo cumplimiento se esté realizando de forma cabal y oportuna.

5. Inhabilidad para ser candidato a alcalde o concejal Se propone establecer una inhabilidad para ser candidato a alcalde o concejal, para aquellas personas que mantengan deudas de carácter previsional, con quienes son o han sido sus trabajadores, judicializadas, hasta dos meses antes de la fecha de inscripción de candidaturas.

PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN Y CONFLICTOS DE INTERESES

Reduce los espacios desregulados que puedan dar lugar a la corrupción, así como también establece normas para su prevención activa por parte de la municipalidad.

6. Plan municipal de prevención de la corrupción Se propone establecer la obligación para el alcalde de presentar al concejo, dentro de los noventa días siguientes a asumir, un plan municipal anual de prevención de delitos de corrupción. El referido plan deberá indicar, a lo menos, el establecimiento de protocolos que minimicen el riesgo de comisión de los delitos indicados en el inciso anterior; y la forma de realizar denuncias ciudadanas referidas a posibles casos de corrupción. El concejo municipal deberá aprobar el plan municipal de prevención de la corrupción por la mayoría de sus miembros.

7. Justificación del mayor gasto en publicidad en año electoral Se propone que, a petición de cualquier concejal, el alcalde deba justificar, de forma detallada, desagregada y comparativa con años anteriores, los gastos del presupuesto o sus modificaciones, destinados a publicidad.

8. Inhabilitación de los concejales Se propone establecer la prohibición de intervenir, no solo emitir voto, en aquellas materias en que existan conflictos de interés para los concejales o sus parientes. Se propone establecer la obligación de inhabilitación cuando de las declaraciones de intereses o patrimonio de los concejales se desprenda que existe un conflicto de interés personal o respecto a sus cónyuges, convivientes civiles o parientes. Se propone igualmente, regular que aquellos concejales inhabilitados no se considerarán para el cómputo de los quórum.

9. Limitación a la contratación a honorarios Se propone limitar la contratación de personal a honorarios hasta seis antes del término de un periodo alcaldicio.

MUNICIPIOS MÁS TRANSPARENTES

Establece normas para abrir la gestión municipal a la comunidad y permitir la participación más directa de la ciudadanía.

10.Difusión de la cuenta municipal Se propone que la cuenta pública del alcalde deba ser publicada en los medios digitales con que cuente la municipalidad, o en un lugar visible en las dependencias de esta, entre otros medios que la municipalidad pueda decidir arbitrar para dar la mayor difusión posible a dicha cuenta municipal.

11.Obligación de registrar y transmitir las sesiones del concejo Se propone establecer la obligación de registrar y transmitir las sesiones del concejo mediante los medios digitales con que cuente la municipalidad.

12.Restricción a las sesiones secretas del concejo municipal Se propone restringir la posibilidad de realizar sesiones secretas a casos de afectación a derechos de las personas, seguridad de la Nación o interés nacional, y estrategias judiciales en litigios en que la municipalidad sea parte, en este último caso, con la obligación de hacer públicas dichas sesiones, una vez que exista sentencia firme sobre el juicio que se trate.

13.Posibilidad de solicitar ser escuchado en el concejo municipal Se propone ampliar la posibilidad de solicitar ser oído en el consejo, para lo cual actualmente se requiere de la concurrencia de 100 ciudadanos que lo soliciten, a dos organizaciones de la sociedad civil que cuenten con a lo menos 6 meses antigüedad y personalidad jurídica vigente.

14.Retroalimentación de las audiencias del concejo municipal en que la sociedad civil exponga sus planteamientos Se propone incorporar una retroalimentación por parte del concejo, mediante un pronunciamiento de este, realizado por escrito, respecto a la materia planteada por la ciudadanía (100 ciudadanos o dos organizaciones), indicando en ella las medidas concretas que adoptará respecto a la situación planteada en la audiencia.

15.Transparencia en la gestión de los concejales Se propone establecer la obligación de transparentar la asistencia individual de cada concejal, sus votaciones en las distintas materias que se sometan a conocimiento del concejo municipal y las solicitudes de información que haya realizado.

MEJOR GESTIÓN MUNICIPAL

Establece normas para el perfeccionamiento de la gestión municipal, fortaleciendo la fiscalización que puede realizar el concejo municipal, y mejorando las normas relativas a la profesionalización de los cargos técnicos de la municipalidad.

16.Regularización de deudas municipales Se propone establecer que el concejo pueda solicitar al alcalde, que presente al concejo un plan detallado de regularización y saneamiento de la deuda municipal.

17.Posibilidad de solicitar auditoría externa al finalizar el periodo alcaldicio. Se propone establecer la posibilidad de que el concejo solicite una auditoria una vez que concluya el periodo de mandato de un alcalde hasta seis meses antes de su término.

18.Regulación más estricta de las capacitaciones de concejales Se propone establecer que el concejo municipal deba aprobar las capacitaciones que realicen los concejales, por dos tercios de sus miembros cuando se realicen en territorio nacional y por unanimidad cuando se realicen en el extranjero. A su vez, se propone que las capacitaciones realizadas en el territorio nacional, mediante convenios con instituciones de educación superior que cuenten con a lo menos 5 años de acreditación. A su vez, se establece que las capacitaciones en el extranjero deberá justificarse la imposibilidad de ser realizadas en el territorio nacional

19.Responsabilidad del alcalde por incumplimiento de títulos de directores de unidad

Se propone establecer que el alcalde será responsable por el incumplimiento a las normas sobre títulos profesionales requeridos para los cargos de dirección de las unidades de obras municipales y asesoría jurídica.

20.Experiencia laboral requerida para ser director de unidad Se propone establecer la obligación de acreditar experiencia profesional no inferior a cinco años, para quienes ocupen plantas de directivos municipales.

21.Sanción para el alcalde por incumplimiento de las normas referidas a la solicitud de información por parte de los concejales Se propone, en caso de denegación injustificada de información o incumplimiento injustificado de los plazos legales para entregarla, se sancione al alcalde, previo procedimiento de Contraloría, con la medida de multa de una remuneración mensual. En caso de incumplimiento reiterado, se considerará falta grave a la probidad administrativa.

22.Entrega de tabla de sesión Se propone establecer la obligación de hacer llegar a los concejales la tabla sesión con a lo menos 48 horas de anticipación de la sesión del concejo.

CORPORACIONES MUNICIPALES

Establece normas sobre corporaciones municipales, espacios actualmente muy poco regulados y que suelen dar lugar a desviación de fondos municipales.

23.Información sobre el destino, uso y movimiento de los fondos destinados a las corporaciones. Se propone incorporar en las materias de las cuales el alcalde debe dar cuenta pública al concejo, el destino, uso y movimiento de los fondos municipales destinados a las corporaciones o fundaciones, actualmente limitado únicamente a informar de la creación o participación en corporaciones municipales.

24.Posibilidad de fiscalizar los recursos destinados a las empresas, fundaciones, corporaciones o asociaciones que reciban aportes o subvenciones municipales.

Se propone establecer la posibilidad de que el concejo fiscalice el destino, uso, situación y movimiento de todos los recursos municipales destinados a empresas, fundaciones, corporaciones o asociaciones, facultad actualmente limitada al destino de dichos aportes.

25.Prohibición de contratar a personas que, a su vez, presten servicios a la Municipalidad

Se propone prohibir la doble contratación de una misma persona, en la municipalidad y en las corporaciones municipales, con el fin de evitar el incentivo a ser contratado a través de las corporaciones municipales y no en las municipalidades, para saltar las exigencias requeridas para entrar a las funciones municipales. A su vez, se evita que los alcaldes utilicen las corporaciones como cajas pagadoras de favores de los municipios.

26.Transparencia en las donaciones Se propone establecer la publicidad de las donaciones privadas realizadas a las corporaciones municipales, individualizando quién/es las entregan, con qué motivo y el destino de las mismas por parte de la corporación municipal.

27.Ampliación de las inhabilidades para ser director de una corporación o fundación municipal Se propone ampliar la inhabilidad para ser director de una corporación o fundación municipal a los convivientes civiles y se amplía la de los parientes por consanguinidad hasta el tercer grado y por afinidad hasta el cuarto grado del alcalde o los concejales.

28.Obligación de rendición de cuenta de las corporaciones y fundaciones municipales

Se propone establecer la obligación para las corporaciones y fundaciones de participación municipal, de rendir semestralmente cuenta documentada y detallada a las municipalidad respectiva, sobre el uso, situación y movimiento de todos y cada uno de los aportes y subvenciones realizadas a ellas por dicho municipio; de su gestión semestral y estado de situación financiara; y de los litigios en que actualmente sea parte.

29.Obligación de informar de medidas precautorias sobre aportes municipales

Se propone establecer la obligación para las corporaciones a informar de medidas precautorias de todo tipo que afecten a los aportes o subvenciones otorgadas por

la municipalidad.

30.Probidad en las corporaciones y fundaciones de participación municipal Se propone explicitar que los trabajadores de las corporaciones municipales, se

encuentran sujetos a deberes de probidad de la ley 18.575.

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